Macri vetó la ley de aborto no punible


Tal como se anticipaba, el jefe de Gobierno puso la firma contra la norma que había aprobado la Legislatura, porque "excede los lineamientos de la Corte Suprema"



El jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, firmó hoy el veto a la ley de aborto no punible que había aprobado la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en septiembre.
Según informó la agencia DyN el veto fue porque el gobierno porteño consideró que la norma "contiene prescripciones que exceden los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación" en su fallo del 13 de marzo último.
Si bien el texto aún no fue publicado en el Boletín Oficial, fuentes del gobierno porteño confirmaron a Télam que Macri ya rubricó el veto a la ley, a través de un decreto que también lleva las firmas de los ministros de Salud, Desarrollo Económico, Desarrollo Social y Justicia y Seguridad, y por el jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta.
El proyecto sancionado en la Legislatura el 28 de septiembre pasado "contiene prescripciones que exceden los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, desconocen la homogeneidad del sistema jurídico establecido por la Constitución Nacional y contrarían expresas disposiciones constitucionales y del derecho de fondo, en especial teniendo en cuenta que se mantiene la calificación penal", destacó el veto.
Al respecto, señaló que la "eventual incorporación al régimen jurídico de la Ciudad de un texto normativo que colisiona reiteradamente con el ordenamiento constitucional nacional importaría generar una multiplicación de conflictos, de muy probable judicialización".
"Por similares razones debe evitarse la vigencia de una norma que presenta contradicciones, y cuya efectiva implementación impedirá el cumplimiento de los fines perseguidos por la Ley, así como de los estándares establecidos por el Máximo Tribunal" de Justicia, contempló el decreto.
El escrito cuestionó el artículo 5 del proyecto de ley porque "pretende modificar la literalidad" del Código Penal cuando incorpora como no punible el aborto llevado a cabo en los "casos de peligro para la salud integral".
Además, criticó la validez del consentimiento al aborto dado por una persona a partir de los 14 años, sin necesidad de la autorización de representantes legales.
"Ello resulta manifiestamente contradictorio con las disposiciones del Código Civil, que establece que los menores adultos son incapaces relativos para la realización de los actos de la vida civil", señaló el texto, según consigno DyN.
El veto también criticó la iniciativa legislativa por establecer que los profesionales de la salud tienen derecho a ejercer su objeción de conciencia ante casos de aborto, aunque deben expresarla a las autoridades del establecimiento médico en un plazo no mayor a 30 días desde la promulgación de la ley.
Esta indicación, destacó el gobierno porteño, es "contraria a la Constitución Nacional y al ordenamiento jurídico de la Ciudad".
La norma votada en la Legislatura regulaba el procedimiento para la práctica de abortos no punibles en el sistema público de salud, y a diferencia de la reglamentación realizada por el gobierno de la ciudad no disponía un plazo máximo de gestación para la interrupción del embarazo.
La iniciativa fue respaldada por 30 votos a favor y 29 en contra, tras la Resolución firmada el 10 de septiembre por el ex ministro de Salud Jorge Lemus, que dispuso un límite de hasta 12 semanas de gestación para la práctica de los abortos previstos en el artículo 86, incisos 1 y 2 del Código Penal.

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