Denuncian a Cristina de Kirchner por presunto "enriquecimiento ilícito" y "lavado de dinero" (Texto de la demanda)

Diputados de la Coalición Cívica presentaron una ampliación de la denuncia contra Néstor Kirchner y otros funcionarios por "asociación ilícita", pidiendo que también se investigue a la presidente Cristina de Kirchner por los presuntos delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

| 23/04/2010 | 16:00


CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) Diputados de la Coalición Cívica presentaron una amplación de denuncia, en el marco de la causa que investiga a Néstor Kirchner y otros funcionarios por asociación ilícita, pidiendo que se investigue a la presidente Cristina de Kirchner.

La ampliación de la denuncia, presentada por los diputados Juan Carlos Morán, Elsa Quiroz y Fernando Sanchez, es por los presuntos delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, basándose en el notable aumento del patrimonio de la pareja presidencial y posibles irregularidades en la adquisición de Hotesur SA y Co Ma SA.

"El delito por el cual se solicita se investigue el accionar de Presidenta Cristina Fernández de Kirchner tutela la imparcialidad de los funcionarios en la toma de decisiones propias en estricta relación a la función pública que desarrollan, evitando así cualquier tipo de interferencia indebida o parcialidad ajenas al interés de la administración pública", dice la denuncia.

Y agrega: "cabe suponer que la Presidenta no podrá justificar el crecimiento en su patrimonio ocurrido durante el 2008 el que, según su propia declaración jurada presentada ante la oficina Anticorrupción el día 3 de julio del corriente, alcanzó el increíble incremento del 158,2 por ciento".

Ademas, solicitan que se "investigue la comisión del posible delito de Lavado de Dinero en el caso que convoca por creer posible que el incremento acaecido durante el 2008 en el patrimonio de la Dra. Cristina Fernández de Kirchner pueda provenir del encubrimiento o lavados de dinero generado a través de conductas punibles".

# Texto de la denuncia


AMPLIA DENUNCIA

SEÑOR JUEZ:

Juan Carlos Morán, Elsa Siria Quiroz y Fernando Sánchez, manteniendo el domicilio procesal constituido en estas actuaciones, nos presentamos ante VS y respetuosamente decimos:

En nuestro carácter de denunciantes en la Causa Nº 15734/08 “KIRCHNER NESTOR Y OTROS S/ ASOCIACION ILICITA Y OTROS” que tramita por ante el Juzgado Federal Nº 10 en el que denunciamos conductas antijurídicas en relación a los Señores Kirchner Néstor Carlos, Jaime Ricardo, De Vido Julio, Ulloa Igor Rudy, López Cristóbal y Báez Lázaro por la probable comisión de los delitos tipificados en los artículos 210,174,248 y 265 del Código Penal de la Nación y/u otro acto de posible corrupción, es que solicitamos a VS amplíe los términos de la denuncia a Cristina Elisabet Fernández de Kirchner por los delitos anteriormente mencionados, así como se investigue la posible comisión junto a Néstor Carlos Kirchner de los delitos de Enriquecimiento Ilícito y Lavado de Dinero en los términos de los artículos 268 (2) y 278 del Código Penal de la Nación.

I. HECHOS

Cuando presentamos la denuncia sostuvimos que existe en el país una matriz de negocios expresada mediante la cooptación del aparato estatal por funcionarios que, confundiendo lo publico con lo privado, manipulan las licitaciones en beneficio de determinados grupos empresarios, omiten y/o limitan los controles a los concesionarios de servicios públicos y otorgan subsidios escandalosos a empresarios inescrupulosos que incumplen los términos de sus concesiones ante la total pasividad del “Estado Benefactor”.

Ahora bien, las consecuencias de ese accionar no sólo se materializan en el crecimiento patrimonial y diversificación de negocios de las empresas amigas, integrantes del patrimonialismo de amigos, operatoria ampliamente descripta en el desarrollo de los presentes actuados, sino que encuentra su correlato en las dudas que generan las declaraciones juradas de los funcionarios en contraposición con los ampulosos estilos de vida que ostentan.

Basta referir al ejemplo del chofer del matrimonio presidencial quién de la noche a la mañana pasó a convertirse en un poderoso empresario de medios capaz de adquirir uno de los canales de aire más importantes del país. En igual situación se encuentra un Ingeniero que de concejal de un pequeño pueblo de Santa Cruz pasó a recorrer el mundo en aviones privados, con un estilo de vida que difiere no solo de sus ingresos y declaraciones juradas sino de su vida anterior a la llegada de los Kirchner al poder.

La falta de transparencia e incongruencia en las declaraciones juradas de los Kirchner no es algo nuevo. Ya en el año 2006, cuando Cristina Fernández era Senadora por la Provincia de Buenos Aires, declaró ante la Cámara un patrimonio de $711.806, no obstante su marido, entonces Presidente de la República, declaraba en la Oficina Anticorrupción $6.940.853. Esta omisión no solo representa una conducta antijurídica contemplada por el Código Penal sino que revela la falta de apego a las normas ante la obligación de someter sus bienes al control republicano.

Un importante incremento patrimonial desde 2003, es un rasgo común entre los denunciados y encuentra su máxima expresión cuando los exponentes son la Presidenta de la Republica Cristina Fernández de Kirchner y su esposo y ex Presidente Néstor Kirchner, quienes a pesar de ejercer la Primera Magistratura de nuestro país se dedican a hacer negocios, entre otras cosas, mediante la adquisición a precio vil de tierras fiscales para luego venderlas, apenas dos años después, a mas de 400% de su valor de compra. Esto revela, como valiéndose de sus privilegios, se hacen operaciones millonarias en desmedro del interés publico.

Tal es así, que como nunca, a lo largo de 2008, su patrimonio neto pasó de $ 17.824.941 a 46.036.711, lo que implica un incremento del 158,2 % originado en la venta de 16 inmuebles en Santa Cruz, por $ 14.525.800; en la casi triplicación de sus depósitos bancarios, que entre enero y diciembre de 2008 pasaron de $ 13.515.021 a 32.174.258, y en la creación de dos nuevas empresas, Hotesur SA y Co Ma SA, con las que los Kirchner expandieron sus negocios hoteleros en El Calafate. Es por medio de Hotesur, Kirchner compró el año pasado el hotel Alto Calafate, el segundo en importancia de la principal ciudad turística de la provincia de Santa Cruz.

En el valor declarado de esta sociedad hay un dato llamativo: mientras que en el apartado de sus bienes, Fernández de Kirchner , durante el 2007,consigna tener el 45% a un valor de 371.232 pesos, en el detalle de su marido, el 45 % de su participación accionaria está tasado a 1.941.632 millones, casi cinco veces más. Finalmente, durante el 2008, la Presidenta revela que su marido es, desde noviembre del año pasado, el flamante propietario del 98 % de Hotesur, a un valor de 5.399.927 pesos.

En igual sentido, registra como bien el “valor llave acciones” de esta sociedad a $ 10.068.813 en el Hotel Alto Calafate, que tiene en su directorio al socio de Kirchner, Osvaldo San Felice, también socio de Cristóbal López, y a una de las hijas de Alicia, su hermana.

Entre los nuevos negocios del ex presidente también consta la adquisición de Co Ma SA, en mayo de 2008 que en julio de 2007 había sido adquirida por el arquitecto Pablo Grippo y su esposa.

El patrimonio de los Kirchner se compone de bienes inmuebles por $ 14.459.629 (doce departamentos, seis casas, seis terrenos y cuatro locales) un auto por $ 141.955 (Honda CVR modelo 2008), cuatro empresas por $ 18.137.872, depósitos bancarios por $ 32.149.257, dinero en efectivo por $ 25.001, acreencias por $ 377.036 y deudas por 19.254.039 pesos.

Así, si se tiene en cuenta que en 2003 los Kirchner habían llegado a la Casa Rosada con un patrimonio neto declarado de $ 6.851.810, el incremento acumulado de sus bienes durante los seis años que llevan en el poder es del 572 %. Es decir, que los bienes se multiplicaron por 6 en escasos 5 años.

Si tomamos el rubro ingresos se refleja un reconocimiento por $ 16.231.759, mientras que en 2007 habían declarado un total de $ 7.027.806 . La mayor parte de los ingresos corresponden a alquileres de inmuebles, incluidos los dos hoteles que tienen en El Calafate (el que compraron con Hotesur y Los Sauces, gerenciado por el hotel Panamericano). Por ese rubro declararon haber percibido $ 10.302.700 en 2008. El año anterior, por igual concepto habían consignado $5.264.105 pesos, lo que representa un incremento de casi el 100%.

En igual sentido, se refleja un pronunciado incremento de los ingresos en la percepción de intereses por depósitos a plazo fijo. Mientras que durante el 2008 por ese concepto ingresaron $ 5.476.922 pesos, durante el 2007 fueron declarados $1.171.809 pesos. Del total de $ 32.174.258 que los Kirchner tienen en depósitos a plazo fijo, $ 20.210.975, el 62,8%, están en dólares.

Durante el 2008 se describe la venta propiedades por un total de $ 14.525.800, son casas o departamentos en Río Gallegos que habrían sido declaradas anteriormente al valor nominal.

Un ejemplo de esto lo encontramos en la venta de la propiedad sita en la esquina de Maipú y 25 de Mayo, que el matrimonio Kirchner habían comprado en 2003, por $ 474.300 y por la que habrían cobrado conforme la declaración jurada, $ 3.170.000 pesos.

Con relación al rubro “Deudas” la declaración refiere un crédito de $8.834.369 otorgado por el Banco de Santa Cruz, propiedad del Grupo Eskenazi, también dueño del 15 por ciento del paquete accionario de YPF. A mayor abundamiento basta destacar que el referido grupo es uno de los proveedores de la obra pública y concesionario de servicios más importantes de la gestión K. También fueron consignados alquileres percibidos por adelantado ($ 1.359.371), depósitos en garantía de contratos de alquileres ($ 679.430), una obligación con la AFIP por diferencias de IVA ($ 51.273) y una deuda por la construcción de inmuebles ($ 8.329.596).

Entre los acreedores del ex presidente figuran las empresas Rutas del Sur, del empresario de la construcción Juan Carlos Relats, que adquirió compañías petroleras en Santa Cruz, socio de Lázaro Báez y proveedor de obra publica.

> De los terrenos en El Calafate

Durante 2006, siendo Néstor Kirchner Presidente de la Republica Argentina, el matrimonio presidencial adquirió a precio vil grandes extensiones de terrenos fiscales en la zona turística de El Calafate, en ventas “directas” violando las ordenanzas vigentes. Así, las tierras les fueron entregadas sin proceso de licitación alguno, en superficies que triplican la extensión de las que se entregan a vecinos comunes, y a un precio de $ 7,50 por metro cuadrado, mientras el precio de mercado oscila entre los $ 30 y $120. Mientras tanto, tres mil pedidos de terrenos fiscales de “ciudadanos de a pie” quedaron pendientes de aprobación municipal.

Así, el expediente Nº 0030/06 del Registro Municipal de El Calafate, del 3 de enero de 2006, autoriza la venta a favor de Néstor Carlos Kirchner de 20.000 metros cuadrados ubicados en la manzana 820 “al precio de pesos siete con cincuenta ($ 7,50) el metro cuadrado, con destino a comercio”, con la firma del intendente Néstor Méndez. En igual sentido, por Decreto Municipal Nº 479/2006, fueron adquiridos 18.258 metros cuadrados también a $ 7,50 el metro.

Cristina Fernández de Kirchner, compró el 14 de febrero de 2005, otras 44.106,41 metros cuadrados de tierras fiscales con destino a comercio, también al precio promocional de $ 7,50 el metro. Y también una chacra instalada en 10.000,42 metros cuadrados de tierras fiscales, abonando la irrisoria cifra de quinientos pesos ($ 500) en concepto de mensura y amojonamiento.

A mayor abundamiento, adviértase que El Calafate tiene una ordenanza que obliga a la licitación pública de los terrenos fiscales. El intendente kirchnerista Méndez, en agosto de 2002, exhibía orgulloso esa norma: “Una licitación pública es la mejor forma de transparentar los precios –le decía entonces a la prensa local; el municipio podría haber adjudicado en forma directa; de esta manera, el precio va a definirlo el mercado”.

“Todos los lotes tienen vista al lago” en Punta Soberana, una zona fiscal que se perfila como la más costosa y residencial a futuro. Allí compraron varios amigos del poder a $ 7,50 el metro cuadrado y pudieron vender con facilidad, pocos días después, a 100 o 120 pesos. En la zona del llamado Aeropuerto Viejo, el metro cuadrado que la Intendencia adjudicó a $ 7,50 y actualmente cuesta –según los diarios de Río Gallegos– entre 100 y 110 pesos

Ante esto, lo que debería explicar en sede judicial y en el marco de esta causa el matrimonio Kirchner, como compraron tierras fiscales en zonas privilegiadas de la villa a 7,50 pesos (unos dos dólares) por metro cuadrado cuando su valor de mercado oscilaba entre 30 y 120 pesos (7,8 y 32 dólares) y como durante el 2008 vendieron un mismo terreno adquirido en 50.000 dólares a la empresa Cencosud en 2,4 millones.de dólares.

Como corolario de lo expuesto, adviértase que entre los beneficiarios de las adjudicaciones “irregularidades se encuentran Rudy Ulloa Igor, Ricardo Echegaray y Lázaro Báez, todos ellos denunciados en la causa que tramita por ante su Juzgado.

Ahora bien, es necesaria que una investigación judicial ponga luz sobre el incremento desmesurado de los bienes, su origen y el motivo de este blanqueo de activos cuando no era la misma estrategia llevada a cabo por los Kirchner en anteriores presentaciones, conforme surge de la presente descripción de los hechos. Por ello consideramos indispensable investigar los siguientes puntos:

1. Como se explican estos cambios repentinos en las declaraciones juradas, plagadas de incongruencias e incompatibilidades.

2. Como se explica el incremento patrimonial del 572% desde que asumieron el gobierno.

3. Como se explican que a lo largo de 2008, su patrimonio neto pasó de $ 17.824.941 a 46.036.711, lo que implica un incremento del 158 % originado en la venta de 16 inmuebles en Santa Cruz, por $ 14.525.800;

4. Como se explica la casi triplicación de sus depósitos bancarios, que entre enero y diciembre de 2008 pasaron de $ 13.515.021 a 32.174.258.

5. Como se explica que el valor declarado de esta Hotesur SA haya diferencias entre lo declarado por los miembros de una misma sociedad conyugal. Cristina Fernández de Kirchner ,durante el 2007, consigna tener el 45% a un valor de 371.232 pesos, en el detalle de su marido, el 45 % de su participación accionaria está tasado a 1.941.632 millones, casi cinco veces más. Finalmente, durante el 2008, la Presidenta revela que su marido es, desde noviembre del año pasado, el flamante propietario del 98 % de Hotesur, a un valor de 5.399.927 pesos.

6. Como se explica que se percibieron alquileres anuales de los hoteles por un valor superior a la valuación de las propiedades.

7. Como se explica que para que estos hoteles no generen perdidas sería necesaria su ocupación plena lo que constituye, prima facie, una operación antieconómica.

8. Como se explica que una propiedad fuera comprada en el año 2003 por sólo $ 474.300 y que se vendiera pocos años después por $ 3.170.000 pesos, según surge de la propia declaración jurada de la presidenta.

9. Como se explica que el valor de las tasas de interés de sus depósitos bancarios, el que según los cálculos más elementales, superan largamente el valor de mercado.

II. CONSIDERACIONES SOBRE LOS DELITOS QUE SE SOLICITA SE INVESTIGUE:

El Código Penal encuadra el tipo penal de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados en el artículo 268 (2) bajo el Título que trata sobre los delitos contra la Administración Pública. Este artículo establece penas de reclusión o prisión de 2 (dos) a 6 (seis) años a aquellas personas que no justificaren la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable suyo o de una persona interpuesta para disimularlo. La legislación vigente requiere que el enriquecimiento se produzca con posterioridad a la asunción del cargo público y hasta 2 (dos) años de haber cesado su desempeño.

Existen diferentes posturas en la doctrina, las que pueden agruparse en aquellos autores que sostiene que se trata de un delito de acción, entre los que opinan que es un delito de omisión y entre quienes explican que se trata de una figura compleja.

El Dr. Ricardo Nuñez afirma que se trata de un delito complejo, puesto que para su configuración se exige un enriquecimiento apreciable del autor y la no justificación de su procedencia, al ser debidamente requerido para que lo haga. El primero (enriquecerse ilícitamente) es un acto positivo. La segunda (no justificar) representa una omisión al deber de justificación emergente del enriquecimiento y, por consiguiente, deber de justificar.

Por su parte el Dr. Carlos Fontan Balestra opina que la acción es enriquecerse ilícitamente y el no justificar ese enriquecimiento es una condición para que la misma sea punible. El delito que se solicita se investigue, entonces, se consuma con el enriquecimiento.

El Dr. Carlos Creus afirma que el enriquecimiento es una circunstancia del tipo que no tiene ninguna de las características de las condiciones objetivas de punibilidad ni de procedibilidad y que no integra la conducta típica del agente que es la de no justificar; el enriquecimiento es algo que preexiste a la acción típica, pero no la integra.

Este autor, defiende con fervor la constitucionalidad de la tipificación del Enriquecimiento Ilícito, en atención a que la ley en momento alguno crea una presunción, sino que, por el contrario, impone un deber y lo que se reprime es su incumplimiento.

El delito por el cual se solicita se investigue el accionar de Presidenta Cristina Fernández de Kirchner y siguiendo las enseñanzas del precitado Dr. Creus, tutela la imparcialidad de los funcionarios en la toma de decisiones propias en estricta relación a la función pública que desarrollan, evitando así cualquier tipo de interferencia indebida o parcialidad ajenas al interés de la administración pública.

Creemos que posiblemente se haya configurado este delito, dentro de los múltiples que tipifica el Código Penal en perjuicio de la administración pública, pues cabe suponer que la Presidenta no podrá justificar el crecimiento en su patrimonio ocurrido durante el 2008 (año en el cual ejerció la Primera Magistratura) el que, según su propia declaración jurada presentada ante la oficina Anticorrupción el día 3 de julio del corriente, alcanzó el increíble incremento del 158,2 por ciento.

Consideramos entonces necesario que se investigue la posible comisión del delito prescripto en el artículo 268 (2) del Código Penal por entender posible que la Presidenta no pueda justificar el origen del crecimiento de su patrimonio durante el transcurso del año 2008.

Por su parte, el delito de Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Delictivo fue incorporado a la legislación de nuestro país a través de la ley 25.246 la cual fue sancionada y promulgada durante los meses de abril y mayo del año 2000. La misma produjo modificaciones y sustituciones en el Código Penal, estableció la creación de las Unidades de Información Financiera (UIF), determinó quienes son aquellos sujetos que tienen el deber de informar y creó el régimen penal administrativo para estos delitos.

De acuerdo a la legislación vigente para que exista delito de Lavado de Dinero es necesario que los bienes provengan o hayan sido obtenidos como consecuencia de la comisión de un delito por parte de otra u otras personas.

Como sostiene el Dr. Perez Lamela la figura básica del lavado de dinero referida en el artículo 278, inciso 1, apartado A del Código Penal intenta describir las acciones básicas de lavado, individualizando algunas de ellas (Convertir, transferir, administrar, vender, gravar, destinar, aplicar, adjudicar, asignar.) pero concluye con una definición genérica que abarca cualquier otro supuesto.

El delito se produce, entonces, cuando se llevan a cabo las acciones previstas sobre los bienes de procedencia delictiva, con aptitud suficiente para que se produzca como resultado final la posibilidad cierta que adquieran estado de licitud.

La apariencia que presenten los bienes como consecuencia de las operaciones de blanqueo debe ser adecuada para disimular el origen ilícito de los mismos, bajo ningún punto de vista esta apariencia puede ser precaria ni basarse en hipótesis subjetivas de analistas económicos.

De acuerdo a lo expresado, solicitamos se investigue la comisión de este posible delito en el caso que convoca por creer posible que el incremento acaecido durante el 2008 en el patrimonio de la Dra. Cristina Fernández de Kirchner pueda provenir del encubrimiento o lavados de dinero generado a través de conductas punibles.

III. PRUEBA:

Sin perjuicio de las diligencias o medidas que disponga V.S. nos tomamos el atrevimiento de sugerirle los siguientes medios probatorios:

1. Se requiera a la Inspección General de Justicia, los estatutos, balances y toda documentación que obre en su poder en relación a las siguientes sociedades, a saber: Hotesur SA y Co Ma SA

2. Se solicite a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a efecto de obtener las declaraciones juradas de impuestos de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner y Néstor Kirchner.

3. Se requiera a la Oficina Anticorrupción remita las declaraciones juradas del ex Presidente de la Nación Néstor Kirchner y de la Señora Presidente de la Nación Cristina Elisabet Fernández de Kirchner.

3. Se designen peritos a efectos de determinar el real de los bienes, mencionados en la presente

IV.- PETITORIO:

Por todo lo expuesto a V.S. solicitamos:

1.- Tener por formulada la presente ampliación denuncia penal
2.- Se investigue la misma.-
2.- De comprobarse los delitos denunciados y de surgir asimismo beneficio económico ilícito para las personas denunciadas, se investigue los mismos.-
4.- Tener presente los medios de prueba sugeridos.-

Proveer de conformidad
Será Justicia.-

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