Sobrevuela la inflación: Ganancias y asignaciones, y el problema que se viene...

Los decretos 1186 y 1242, publicados hoy en el 'Boletín Oficial', disponen las modificaciones anunciadas ayer por la Presidente Cristina Fernández en Casa Rosada. "Es un cambio impositivo muy tirado de los pelos, hecho de la noche a la mañana, con objetivo claro pre-octubre ¿Qué pasará cuando la economía tienda a decrecer y las ganancias sean menores? El problema acá está en el 2014, porque la inflación sigue estando. Un sistema impositivo que no ajusta por inflación es perverso, está sujeto a voluntades políticas", apuntó un economista, a lo que otro agregó: "lo que el Gobierno quiere a través de la inflación es cobrar más por todos lados. Estaba cobrándoles más a los pobres asalariados una cantidad que no correspondía y no estaba legislada. Ahora lo quiere hacer dificultando varios mercados de las empresas. Creo que todo eso es anti-inversión y tendría que haber sido como estaba legislado antes, cuando el Impuesto a las Ganancias se ajustaba con la alícuota de inflación efectiva, la del INDEC".


a presidente Cristina Fernández anunció ayer que había firmado un decreto para rebajar el impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia y jubilados, decreto que fue publicado hoy en el 'Boletín Oficial'.
 
La mandataria comunicó que -desde el 1° de septiembre- sólo pagarán Ganancias los que perciban salarios brutos a partir de $15.000 (casados y solteros por igual). Además, se aumentarán en un 20% las deducciones de quienes perciban entre $15.000 y $25.000.
 
La norma está firmada por la Presidente, el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y el ministro de Economía, Hernán Lorenzino.
 
 
Impuesto a las Ganancias
Modificación
 
Artículo 1° - lncreméntase, respecto de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de dicha Ley, hasta un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta sujeta a impuesto las deducciones de los incisos a) y b) del mencionado artículo 23.
 
Art. 2° - Lo dispuesto en el artículo anterior tendrá efectos exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000).
 
Art. 3° - El beneficio derivado de lo dispuesto en los artículos anteriores deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes. A tal efecto, los sujetos que tengan a su cargo el pago de la remuneración y/o liquidación del haber identificarán el beneficio con el concepto "Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias - Beneficio Decreto PEN xxxx/2013".
 
Art. 4° - lncreméntanse las deducciones establecidas en los incisos a), b) y c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, se incrementarán en un VEINTE POR CIENTO (20%) cuando se trate de las ganancias a que se refieren los incisos a), b) y c) del Artículo 79 de dicha Ley.
 
Art. 5° - Lo dispuesto en el artículo anterior tendrá efectos exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de VEINTICINCO MIL ($ 25.000).
 
Art. 6° - Las deducciones establecidas en los incisos a), b) y c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, se incrementarán en un TREINTA POR CIENTO (30%) cuando se trate de las ganancias a que se refieren los incisos a), b) y c) del Artículo 79 de dicha Ley, cuyos beneficiarios sean empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que viven en las Provincias y, en su caso, Partido a que hace mención el Artículo 1° de la Ley Nº 23.272 y su modificación.
 
 
Además, el Gobierno anunció una suba en las asignaciones familiares. La Presidenta le dio la palabra al administrador de la Anses, Diego Bossio, quien anunció el aumento del tope salarial en las asignaciones familiares por hijo, con lo cual se incrementa el universo de asalariados que las percibirá.
 
¿Los montos de las asignaciones? Para los sueldos de hasta $ 4800, cobrarán 460 pesos; de 4800 a 6000, recibirán $ 320 por hijo; entre 6000 y 7000 pesos, 200 pesos; de 7801 a 30.000, $ 110.
 
Para cobrar la asignación, el sueldo de cada uno de los integrantes del grupo familiar no deberá superar los $15.000.
 
Para compensar el costo fiscal de los cambios en Ganancias y asignaciones, que el Gobierno calcula en $ 4495 millones, se anunció un impuesto del 15 por ciento a la compra y la venta de acciones que no cotizan en el mercado de capitales y del 10 por ciento a la distribución de dividendos. Los proyectos serán enviados al Congreso para su aprobación.
 
Varios economistas ponderaron la mejora en los ingresos de los asalariados, pero advirtieron por la doble imposición que recaerá sobre las empresas al gravar dividendos que ya pagan ganancias.
 
 
"Más allá de que es bueno que aumente el mínimo no imponible, porque había quedado desactualizado con respecto a la suba de  la inflación, creo que debería enviarse un proyecto para que la actualización sea automática", consideró el economista Aldo Abram, director de la Fundación Libertad y Progreso.
 
Abram estimó que "la Presidente dijo alguna vez que no había subido los impuestos. En realidad, con el mero hecho de seguir el avance de la inflación con el mínimo no imponible y con la escala del monotributo, se está aumentando la presión tributaria del impuesto a las Ganancias, en la medida que la inflación sube más que los que se está actualizando".
 
A quienes ganen entre 15.000 y 25.000 pesos de salarios bruto les incrementarán el 20% el mínimo no imponible para calcular el impuesto a las Ganancias, mientras que para los trabajadores de la zona patagónica se elevar el 30 por ciento.
 
Rodrigo Álvarez, socio y director de la consultora Analytica, opinó que "es una buena decisión la de Ganancias. En la práctica es una baja de la presión fiscal, porque el Estado pierde $14.000 millones y recibe $2.000 millones más el impuestos al consumo". Recordó que "el consumo viene creciendo al 3% en términos reales. Es un estímulo importante para el último cuatrimestre del año y cae justito antes de las elecciones".
 
El Gobierno anunció que no gravará los plazos fijos pero sí con un 15% las acciones que no cotizan en Bolsa y con un 10% los dividendos de las empresas. Esta fuente de financiamiento presenta varias inconsistencias, según los especialistas.
 
El economista Orlando Ferreres, titular de la consultora Ferreres y Asociados, indicó que "la medida en sí está bien, pero en cuanto al financiamiento va a haber bastantes problemas. Un impuesto a la transferencia de acciones que no cotizan en Bolsa dificulta toda la actividad de todas las operaciones de mergers and acquisitions, que son necesarias cuando las empresas andan mal y tienen que vender. Hasta ahora no estaban gravadas y va a frenar ese mercado; ya estaban muy afectadas y ahora lo van a estar mucho más".
 
"Es percibir el 10% sobre dividendos, que ya pagan un impuesto a las Ganancias en cabeza de las empresas, por lo tanto no pueden pagar otro impuesto. Como que la tasa de Impuesto a las Ganancias va a ser de 45%, porque 35% paga la empresa y 10% que pagan los dividendos es un número exagerado, amén que no hay ajuste por inflación en los balances de las empresas, las alícuotas del Impuesto a las ganancias son expropiatorias de la parte del capital", detalló Ferreres al sitio 'Infobae'. "Cuando se discuta en el Congreso supongo que habrá un análisis impositivo más lógico y se verá", acotó.
 
En la Casa Rosada, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, defendió la mejora en Ganancias y la definió como "una propuesta innovadora, que beneficia a más personas, a los que menos ganan, una mecánica de liquidación del Impuesto a las Ganancias más progresista". El funcionario subrayó que "de los $4.495 millones de merma, $2.056 lo aportan los privados y $2.439 el Estado nacional".
 
Mariano Lamothe, economista jefe de Abeceb.com, subrayó la condición de "doble imposición" para algunas empresas. "Te cobran 35% de Ganancias y después 10% cuando te llevás la ganancia. Por ahí va a haber una discusión en el Congreso", cuando se debata la iniciativa.
 
"Es un cambio impositivo muy tirado de los pelos, hecho de la noche a la mañana, con objetivo claro pre-octubre ¿Qué pasará cuando la economía tienda a decrecer y las ganancias sean menores? El problema acá está en el 2014, porque la inflación sigue estando y se hace un ajuste por inflación, no porque se gana más. Un sistema impositivo que no ajusta por inflación es perverso, está sujeto a voluntades políticas", apuntó Mariano Lamothe.
 
"Como todo, no se resuelve de fondo, sino con un sentido coyuntural. Para el bolsillo del trabajador, de corto plazo está bien, eso no se discute. Pero no es automático, no hay un mecanismo de ajuste. Si ganás más porque la inflación aumentó, no porque cambió tu canasta de consumo, pagar más impuestos es irrisorio", expresó el especialista de Abeceb.com.
 
Para Orlando Ferreres, "lo que el Gobierno quiere a través de la inflación es cobrar más por todos lados. Estaba cobrándoles más a los pobres asalariados una cantidad que no correspondía y no estaba legislada. Ahora lo quiere hacer dificultando varios mercados de las empresas. Creo que todo eso es anti-inversión y tendría que haber sido como estaba legislado antes, cuando el Impuesto a las Ganancias se ajustaba con la alícuota de inflación efectiva, la del INDEC".
 
"Es poner impuestos en las circunstancias casi recesivas en las cuales estamos o de poca actividad. Está aflojando bastante el crecimiento en julio porque hubo que empresas por los cortes de energía para darle luz a las casas, también a eso le agregamos más impuestos", cuestionó Ferreres.

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