Escasa imaginación de Kicillof: Castigar empresas para reprimir inflación

El consenso de los centros de estudios privados anticipa para 2014 una suba de precios de 29%, aunque los cálculos propios de las consultoras se estiran hasta 35%. El número más alto corresponde al banco Goldman Sachs, con 36%, seguido por Oxford Economics, con 33%, y los bancos Merrill Lynch y Santander, con 31%. En este escenario, la Casa Rosada acelera medidas de represión de las empresas como si detener la inflación no fuese un problema de política económica sino una cuestión meramente punitiva.


11/05/2014: El ministro de Economía, Axel Kicillof, aseguró que los movimientos de precios son "más complejos" que la "absurda palabra inflación" en la economía de la Argentina y acusó al banquero Jorge Brito de querer generar una devaluación del peso frente al dólar estadounidense. (FOTO NA: DAMIAN DOPACIO/ARCHIVO)
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El Índice de Precios al Consumidor Nacional urbano (IPCNu) de abril será difundido el jueves 15/05 , junto a la variación del Índice de Costo de la Construcción (ICC), el Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM) y el Índice de Precios y Cantidades del Comercio Exterior.
 
Se espera que se informe una variación del 2% en el IPCNu,  una desaceleración respecto a la inflación de 3,4% y 2,6% de marzo y febrero... de todos modos, la anualización sigue estando por sobre el 25% anual, en el mejor de los casos. 
 
En Brasil, por ejemplo, la inflación acumula un avance del 6,15% en los últimos 12 meses. Dicho guarismo se acerca peligrosamente al 6,5% que es el máximo tolerable por el plan monetario y el Presupuesto federal. 
 
Sin embargo en la Argentina se considera muy importante haber logrado una inflación de 2% mensual...
 
La mayoría de los analistas privados estimó que la inflación se desaceleró en abril a causa de una menor demanda de casi todos los productos y servicios: estancamiento que ya es recesión. Pero con inflación en estos niveles, estanflación o, peor aún, resecflación.
 
Prueba de ello, la Unión Industrial Argentina (UIA) ratificó este martes 13/05 su "preocupación" por el retroceso de la producción, por lo cual informó que están "monitoreando" los movimientos en el sector fabril. El tema fue el eje de la reunión de la Junta Directiva de la entidad en la que participaron más de 40 referentes empresariales del país para analizar la caída de la actividad en marzo, que fue del 6,1% interanual, según un relevamiento de la entidad.
 
En cuanto a la inflación de abril, el IPC GB, que realiza la ex directora del INdEC, Graciela Bevacqua, marcó un incrementó de 2,6% en abril frente al alza de 3,3% de marzo y la de 3,1% de febrero. Para la ex directora del ex IPC, la variación del 1er. cuatrimestre del año fue de 15,7% yla interanual llegó a 36,5% en abril siendo la más alta de los últimos 10 años. 
 
En ese escenario de impotencia, Diputados comenzó el análisis legislativo de los 2 proyectos presentados por el Frente para la Victoria para sancionar a las empresas que no cumplan con el programa de Precios Cuidados, agravando las penas actuales, contemplando la reincidencia para evaluar la conducta de comerciantes (todo lo contrario a la filosofía K en el anteproyecto de Código Penal), y hasta eventualmente clausuras. 
 
La discusión se basa en los proyectos de 
 
> Juan Cabandié/Marcos Cleris: reformar la Ley de Lealtad Comercial para permitir la clausura de comercios que incurran en infracción e incorporar el concepto de reincidencia, por el cual se duplica la multa cuando se repite la infracción antes de los 3 años. También autorizar al funcionario a clausurar preventivamente por 48 horas el comercio, para resguardar las pruebas. En caso de que la autoridad de aplicación considere que es necesario, también se podrá clausurar el negocio por hasta 10 días y proceder al decomiso de la mercadería; y 
 
> Héctor Recalde: fijar la competencia judicial en la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal y en las cámaras federales en las provincias. También establecer nuevos montos para las multas y su actualización mediante la aplicación de la fórmula de la movilidad jubilatoria: de $ 5.000 a $ 10 millones, y su actualización semestral por el índice de movilidad jubilatoria.
 
La Comisión de Comercio de Diputados es presidida por el legislador por Misiones y aliado K, Alex Ziegler, quien espera tener un dictámen favorable en 15 días.
 
A las 19:00 llegó al Congreso Augusto Costa, secretario de Comercio, e ingresó directamente en el bloque K. 
 
"Solo el 36% de las empresas remitieron la información (contemplada en la resolución 29) de las 1.770 que debían presentarla", se había quejado Costa en diálogo con periodistas acreditados en el Palacio de Hacienda.
 
"Hemos comenzado a remitir las intimaciones (1.130) correspondientes para que se pongan al día", agregó (la entrega de las planillas Exxel con las estructuras de costo de acuerdo a la Resolución N°29 venció el 24/04).
 
También que las 640 empresas que enviaron los datos a varias se "les reclamó que mejoren la calidad de la información".
 
En particular, Costa señaló que en varios casos faltaban los datos correspondientes a las"bonificaciones y las altas y bajas de productos". 
 
En tanto, las compañías que han adherido al programa de Precios Cuidados "casi un 80% cumplieron con la resolución 29", explicó.
 
Coto y un fallo adverso
 
En tanto, la web Diario Judicial informó sobre un fallo muy interesante en este debate.
 
El supermercado Coto había publicado una oferta en un diario, donde se promocionaba que utilizando la tarjeta de crédito de un banco se obtenía un 20% de descuento en todos los productos. Pero ocurrió que "en el pie de página de dicha publicidad se introducían una serie de exclusiones de productos y de marcas, expresamente individualizados".
 
La Secretaría de Comercio Interior consideró que esa actitud violentaba las disposiciones del artículo 9 de la Ley de Defensa de la Competencia sobre publicidad engañoa, ya que "al no encontrarse todos los productos amparados por el descuento referido, la publicidad en cuestión contenía información contradictoria, susceptible de inducir a los consumidores a error o confusión respecto del precio y las condiciones de comercialización de los productos concretamente ofrecidos".  Por ese motivo le impuso a la empresa una multa de $100.000.
 
La empresa acudió a la vía judicial para impugnar la decisión, dando origen a los autos "Coto Centro Integral de Comercialización SA c/ DNCI-DISP 72/13", en los que, finalmente, la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió confirmar la multa.
 
Coto aseguró que la expresión “todos” fue empleada en la publicidad "para hacer referencia a los miles de productos que comercializa su parte, y que sólo 17 productos se encontraban excluidos de la promoción", lo que demostraba "el carácter casi absoluto del conjunto de los productos involucrados".  A causa de ello, y teniendo en cuenta pocos productos excluidos del conjunto de los productos, consideró que había informado correctamente a los consumidores sobre el alcance de la oferta.
 
Según los camaristas Jorge Federico Alemany y Pablo Gallegos Fedriani Coto infringió los preceptos legales ya que "la exclusión de productos determinados debió ser enunciada en el aviso publicitario de forma tal que el consumidor hubiera quedado debidamente informado acerca de las condiciones de la oferta".
 
"Es razonable lo sostenido por la autoridad administrativa en el sentido de que el aviso cuestionado se prestaba a error o engaño en la medida en que en esa publicidad se había expresado que el descuento se aplicaría sobre “Todos los Productos”, mientras que las excepciones o salvedades se introdujeron en un nota al pie de página y en una letra de tamaño considerablemente menor, circunstancia que redujo la posibilidad de comprensión inmediata del alcance de la oferta por parte de los potenciales consumidores", concluyó la Sala.

Comentarios

Entradas populares