Crece y crece el rechazo de los camaristas a la reforma judicial (ahora, el fuero laboral)
17 integrantes de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo aseguraron en un documento que la reforma aprobada en el Congreso es "inconstitucional". Según señalaron los camaristas, las medidas "obstaculizan la administración de Justicia, ponen en peligro la independencia del Poder Judicial y conducen a la inadecuada politización del Consejo de la Magistratura, todo lo cual afecta, en definitiva, la división de poderes y los derechos de los justiciables". Los magistrados se suman a sus colegas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, quienes difundieron el miércoles 08/05 una declaración para expresar su "preocupación por el conjunto de proyectos y leyes" que "podrían atentar seriamente contra la independencia del Poder Judicial de la Nación".
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). 17 jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo calificaron de "inconstitucionales" a las leyes promovidos por el Gobierno nacional que modificaron la composición del Consejo de la Magistratura y crearon nuevas Cámaras de Casación.
Según señalaron los camaristas, las medidas "obstaculizan la administración de Justicia, ponen en peligro la independencia del Poder Judicial y conducen a la inadecuada politización del Consejo de la Magistratura, todo lo cual afecta, en definitiva, la división de poderes y los derechos de los justiciables".
Así lo indicaron los jueces en una carta enviada al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, el pasado lunes pero que recién se difundió este jueves a través del Centro de Información Judicial (CIJ).
Los camaristas manifestaron, además, que "la reforma del Consejo, que aumentará el número de integrantes a través de la elección por el voto popular, viola el artículo 114 de la Constitución: dado que el aumento de cargos políticos va en desmedro de las demás representaciones".
Un párrafo fundamental del documento:
"(...) creemos que el proyecto de reforma de la ley de creación del mencionado Consejo (de la Magistratura) vulnera "el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal" que exige el art. 114 de la Constitución Nacional.
Ello es así, en primer lugar, porque la modificación proyectada respecto del número de consejeros mantiene a los jueces (y también a los abogados) en franca minoría frente a los representantes de los otros poderes del Estado y aun frente a los representantes del ámbito académico, en desmedro del necesario "equilibrio" que exige la Ley Fundamental.
Pero, lo que es más grave, los consejeros jueces y abogados dejarán de ser, en realidad, representantes de sus respectivos estamentos (como manda el citado precepto constitucional), porque no van a ser designados por aquellos a quienes deben representar, sino por el cuerpo electoral de la Nación", afirma el texto.
Deberá recordarse que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal difundió el miércoles 08/05 una declaración para expresar su "preocupación por el conjunto de proyectos y leyes" que "podrían atentar seriamente contra la independencia del Poder Judicial de la Nación" y "conducir a una inconveniente politización del Consejo de la Magistratura y de sus integrantes".
La encendida crítica de los camaristas fue firmada por una treintena de jueces del fuero Civil.
"El proyecto de reforma del Consejo de la Magistratura podría provocar un desequilibrio en su composición. Dejaría temas de trascendencia institucional, como la elección y remoción de jueces, a la decisión del partido gobernante de turno, vulnerando el principio de independencia judicial y el derecho de todo habitante de la República Argentina a un juez imparcial establecido por la Constitución Nacional", explicaron.
Los camaristas mencionaron que los proyectos "no contribuyen a una mejora y celeridad de los procedimientos". Consideraron que "retrasarán los procesos en perjuicio de los justiciables" y recordaron que eso "desatiende" el requisito del "plazo razonable" para el dictado de sentencias"impuesto por tratados internacionales".



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