Los k consiguieron media sanción a las reformas del Código Procesal Penal
El kirchnerismo consiguió en el Senado de la Nación, aprobar y girar a la cámara baja la reforma integral del Código Procesal Penal remitido por el Gobierno, al que le fueron aplicadas 42 modificaciones durante el tratamiento en comisiones.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).-Este miércoles 19/11 el oficialismo consiguió en la Cámara Alta, tras casi seis horas de debate, una previsible aprobación a la reforma integral del Código Procesal Penal remitido por el Gobierno, al que le fueron aplicadas 42 modificaciones durante el tratamiento en comisiones, de esta manera pasa para ser tratado en la Cámara de Diputados.
La iniciativa avanzó en el Congreso con 39 votos a favor, integrados por el oficialismo y aliados, más la sorpresa del peronista pampeano Carlos y los representantes del Movimiento Popular Neuquino Guillermo Pereyra y Carmen Crexell.
Los negativos
Hubo 24 votos negativos de todo el arco opositor, mientras que el senador Carlos Menem volvió al recinto tras casi un año de ausencia, pero no estuvo en su banca al momento de la votación.
¿En qué consiste el proyecto?
El oficialismo dispuso 42 modificaciones al texto original de la iniciativa, tras una serie de seis audiencias con especialistas y reclamos opositores en el plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda.
La iniciativa, que implica un cambio de sistema en el procedimiento de aplicación de justicia en materia penal, al pasar de un sistema inquisitorio a uno acusatorio, incluye el nuevo rol para el fiscal como investigador y para el juez, que pasará a garantizar el proceso y a aplicar la ley.
Entre los cambios aceptados por el oficialismo se encuentra la eliminación del concepto de conmoción pública como causal para negar la excarcelación de algún imputado, y la incorporación de un sistema de sorteo para la adjudicación de causas a los fiscales en lugar de las facultades que se le otorgaban la Procuración General de la Nación para asignar en forma discrecional.
Además, la incorporación como condición para considerar peligro de fuga de un imputado "la constatación de detenciones previas", y la "declaración de reincidencia por delitos dolosos", que en la práctica significa un cerrojo para evitar lo que en lenguaje popular se conoce "puerta giratoria", y la excarcelación de imputados con otras causas abiertas.
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