Bonadio apartado de Hotesur: El fallo
Tal como informó Urgente24, la Cámara Federal porteña decidió este jueves (16/07) apartar al juez Claudio Bonadio de la causa Hotesur, al aceptar un pedido de nulidad presentado por Romina Mercado, la sobrina de Cristina Fernández. Aquí, el fallo completo.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) La Sala I de la Cámara Federal porteña aceptó este jueves (16/07) el pedido de nulidad contra el juez Claudio Bonadio realizado por la defensa de Romina Mercado, presidente de Hotesur y sobrina de la presidente Cristina Fernández, y apartó al magistrado de la causa. Se trata del mismo tribunal que desechó la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra la mandataria.
Esta decisión, por dos votos contra uno, llega días después de los procedimientos ordenados por el juez en las oficinas de las empresas de Máximo Kirchner yLázaro Báez en Río Gallegos, procedimientos que provocaron la furia K (ver notas relacionadas).
Los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Freiler se pronunciaron a favor del desplazamiento de Bonadio, mientras que Eduardo Farah votó por la continuidad del magistrado.
De acuerdo con los magistrados, "la imparcialidad que se exige a los magistrados frente al caso concreto se ha visto seriamente comprometida" por lo que decidieron aplicar el artículo 173 del Código Procesal Penal de la Nación, que dispone que "cuando un tribunal superior declare la nulidad de actos cumplidos por uno inferior, podrá disponer su apartamiento de la causa o imponerle las medidas disciplinarias que le acuerde la ley".
El recurso de Mercado se basó en el rechazo a una convocatoria de contadores de la Corte Suprema de Justicia que realizó Bonadio meses atrás. El magistrado los había convocado para que –debido a la complejidad de la operatoria de lavado de dinero del caso– lo orientaran desde el punto de vista técnico.
Tras el asesoramiento, Bonadio ordenó el peritaje contable sobre las empresas de la Presidente y también del empresario Lázaro Báez. Para Ballestero, ese pedido vulneró el derecho de la defensa.
"No puede soslayarse, por otro lado, que no es ésta la primera oportunidad en la que advierto una irregularidad en el trámite de este proceso, que se traduce en la afectación de las garantías fundamentales de las que goza todo justiciable", argumentó, por su parte, Freiler.
Vea el fallo completo en Valor Agregado.
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