Estos serán los feriados en 2012
Tras la aprobación hace un año en nuestro país del proyecto de reordenamiento de feriados nacionales , en la que se restablecieron los feriados de carnaval y el Día de la Soberanía Nacional, este jueves se dio a conocer cuáles serán en 2012 los Feriados Nacionales y Días no Laborables , incluyendo los feriados inamovibles, los trasladables y los días no laborales.
De acuerdo al cronograma, el año 2012 tendrá 17 feriados, de los cuales 14 son inamovibles, en tanto que el resto podrá ser trasladado. De todos ellos, sólo dos serán puente: el lunes 30 de abril y el lunes 24 de diciembre. En tanto, el primer feriado del año, el 1º de enero, caerá domingo.
Algunos días no laborales sólo se aplican a ciertos grupos de la sociedad, como por ejemplo el 5 de abril para los armenios; y el 16 y el 25 de septiembre para la comunidad judía.
Feriados Inamovibles
1° de enero (domingo): Año Nuevo
20 y 21 de febrero (lunes y martes): Carnaval
24 de marzo (sábado): Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
2 de abril (lunes): Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
6 de abril: Viernes Santo
30 de abril (lunes): Feriado Puente Turístico
1° de mayo (martes): Día del Trabajador
25 de Mayo (viernes): Día de la Revolución de Mayo
20 de Junio (miércoles): Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de Julio (lunes): Día de la Independencia
8 de Diciembre (sábado): Inmaculada Concepción de María
24 de Diciembre (lunes): Feriado Puente Turístico
25 de Diciembre (martes): Navidad
1° de enero (domingo): Año Nuevo
20 y 21 de febrero (lunes y martes): Carnaval
24 de marzo (sábado): Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
2 de abril (lunes): Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
6 de abril: Viernes Santo
30 de abril (lunes): Feriado Puente Turístico
1° de mayo (martes): Día del Trabajador
25 de Mayo (viernes): Día de la Revolución de Mayo
20 de Junio (miércoles): Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de Julio (lunes): Día de la Independencia
8 de Diciembre (sábado): Inmaculada Concepción de María
24 de Diciembre (lunes): Feriado Puente Turístico
25 de Diciembre (martes): Navidad
Feriados trasladables
17 de Agosto, se pasa al lunes 20: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
12 de Octubre se pasa al lunes 8: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
20 de Noviembre, se pasa al lunes 26: Día de la Soberanía Nacional
17 de Agosto, se pasa al lunes 20: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
12 de Octubre se pasa al lunes 8: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
20 de Noviembre, se pasa al lunes 26: Día de la Soberanía Nacional
Días no laborables
6 al 8 de abril (viernes a domingo): Pascuas Judías (b)
12 al 14 de abril (jueves a sábado): Los dos primeros días y los dos últimos días de la Pascua Judía (b)*
5 de abril (jueves) Jueves Santo Festividad Cristiana
24 de abril (martes): Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (a)
16 de septiembre (domingo): Año Nuevo Judío (b)**
25 de septiembre (martes): Día del Perdón (b)***
Fiesta del Sacrificio, Año Nuevo Islámico y Culminación del Ayuno (c) sin fecha ya que se rigen por calendario lunar.
a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se Invíta a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
(b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
*Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 6 de abril a las 18,20 horas y finaliza el 8 de abril a las 19,20 horas.
Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 12 de abril a las 18,15 horas y finaliza el 14 de abril a las 19,15 horas.
**Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 16 de septiembre a las 18,15 horas y finalizan el día 18 de septiembre a las 19,15 horas.
***El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 25 de septiembre a las 18,30 horas y finaliza el día 26 de septiembre a las 19,30 horas.
(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Decreto 1584/2010
6 al 8 de abril (viernes a domingo): Pascuas Judías (b)
12 al 14 de abril (jueves a sábado): Los dos primeros días y los dos últimos días de la Pascua Judía (b)*
5 de abril (jueves) Jueves Santo Festividad Cristiana
24 de abril (martes): Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (a)
16 de septiembre (domingo): Año Nuevo Judío (b)**
25 de septiembre (martes): Día del Perdón (b)***
Fiesta del Sacrificio, Año Nuevo Islámico y Culminación del Ayuno (c) sin fecha ya que se rigen por calendario lunar.
a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se Invíta a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
(b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
*Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 6 de abril a las 18,20 horas y finaliza el 8 de abril a las 19,20 horas.
Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 12 de abril a las 18,15 horas y finaliza el 14 de abril a las 19,15 horas.
**Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 16 de septiembre a las 18,15 horas y finalizan el día 18 de septiembre a las 19,15 horas.
***El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 25 de septiembre a las 18,30 horas y finaliza el día 26 de septiembre a las 19,30 horas.
(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Decreto 1584/2010
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